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Pregunta
Saludos!!
Cuando lleno el anexo RG ese total debo llevarlo al anexo B?
Siendo positivo en que casilla debo colocarlo?
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Saludos!!
Cuando lleno el anexo RG ese total debo llevarlo al anexo B?
Siendo positivo en que casilla debo colocarlo?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.8K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Nancy. Gracias por contactarnos.
No debe registrarlo en el Anexo B, le informamos que el monto de Exención Gastos en Educación aparecerá de manera automática los gastos educativos que se podrá deducir.
Puede visualizar en el Formulario IR-1, Renglón II RENTA NETA IMPONIBLE, casilla 7. EXENCIÓN GASTOS EN EDUCACIÓN. Para poder beneficiarse de la Ley de Gastos Educativos (No. 179-09) debe registrar en la Oficina Virtual (OFV), en el “Panel Gastos Educativos” a sus dependientes y usted mismo, si tiene gastos propios de educación. Además, en el mismo panel de gastos educativos debe registrar las facturas de crédito fiscal emitidas a su nombre, por los centros educativos.
Luego de completar esta información, aparecerán de manera automática los gastos educativos que se podrá deducir. Estos no pueden exceder o sobrepasar el 10% del monto que resulta de restar las casillas 5 - 6, ni el 25% de la Exención Contributiva.
Nota: Los gastos educativos deben ser reportados a más tardar el último día
laborable del mes de febrero de cada año.
Para más información, le exhortamos a consultar el Instructivo para el Llenado De La Declaración Jurada De Personas Físicas (IR-1 Y ANEXOS) ingresando al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61214pC7Ie
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61214g9h9K)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/61215g9h9z
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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