miércoles, 29 de marzo de 2023

Cerrado

PREGUNTA

Una consulta. Un contribuyente que deba facturar un ingreso por una penalidad en un contrato, debe llevar ITBIS?

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Solución oficial

Buenos días, Ambiorix. Gracias por contactarnos.

 

Atendiendo al caso que nos reporta, le informamos que, tal como establece el articulo 10 del Decreto 293-11 numeral 3, se consideran prestaciones accesorias los intereses por financiamiento y cualquier otro cargo, comisión o pena convencional que se hubiere hecho exigibles o que hubiesen sido percibidos anticipadamente en el periodo fiscal, por lo que ante la emisión de un Comprobante Nota de Débito (NCF del Tipo B03) por este concepto se deberá transparentar el ITBIS, si el servicio que los generó también se encuentra sujeto a la aplicación de este.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.