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viernes, 11 de septiembre de 2026

pregunta sobre actualizacion del nombre del nuevo propietario en la base de datos

Yo herede un inmuble de mi madre.

Yo ya termine el proceso de la DGII y pague el impuesto sucesoral.

Tengo tres preguntas:

  1. Cuando es que se actualiza el nombre del nuevo propietario del inmueble en la base de datos de la DGII por la Unidad de Tasacion?
  2. La acutalizacion del nombre del nuevo proprietario en la base de datos se hace automaticamente por la DGII despues de la liquidacion del impuesto sucesoral, o hay que pedirle a la DGII que haga la acutalizacion?
  3. Hay que esperar que el Registro de Titulo emite el nuevo Certificado de Titulo antes de poder pedirle al DGII que auctualize el nombre del nuevo proprietario en la base de datos o se puede usar el mismo titulo orginal que fue sometido el la Declaracion Jurada de Sucesiones, SD1 ?
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Solución oficial

 

Buenas tardes, Jose. ¡Gracias por contactarnos!
 

En atención a su consulta, le informamos que, una vez generado el pliego de modificaciones y satisfecho el impuesto sucesoral, se gestionará internamente ante la Unidad de Tasación la transferencia inmobiliaria exenta.

 

El tiempo de respuesta es 3 días laborables.

 

Si paso el tiempo de respuesta puede solicitar una certificación IPI a nombre suyo si no aparece, le exhortamos dirigirse donde realizo la declaración jurada de sucesiones, para que haga las verificaciones de lugar.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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Gracias. Tengo una pregunta adicional.  Ya recibi el nuevo certificado de titulo del Registro de Titulo. Mi abogada dice que el proximo paso es registrar fiscalmente el inmueble a mi nombre con la DGII.  Es eso cierto?

, una vez generado el pliego de modificaciones y satisfecho el impuesto sucesoral

Buenos días, Jose. ¡Gracias por contactarnos!
 

En atención a su consulta, le informamos que, según nos indica recibió una certificación del título del registro.

 

Le exhortamos solicitar una certificación de IPI a su nombre para que valide que la propiedad está a su nombre.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.