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viernes, 14 de junio de 2024 12:47

Cerrado

Porcentaje retención de ITBIS que realiza una persona jurídica en la compra de bienes

1- Cuanto es el porcentaje de retención de ITBIS cuando una persona jurídica le compra bienes a una persona física registrada como contribuyente y cual es la base legal?

2- Cuanto es el porcentaje de retención de ITBIS cuando una persona jurídica le compra bienes a una persona física que no es contribuyente y le generamos un NCF proveedor informal y cual es la base legal?

Solución oficial

Buenos días, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el ITBIS de la siguiente manera: https://acortar.link/wR66R3

 

Base Legal Reglamento 293-11, Art. 25; Resolución 41-14, Art. 4; Norma 05-19, Art. 7 párrafo II.

 

En ese mismo orden, en los casos de los proveedores informales, corresponde la retención del cien por ciento (100%) del valor del ITBIS facturado. Aplicará en todos los casos en que se emita este tipo de comprobante.

 

Puede consultar la información en la base legal Norma 05-19 art. 7.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: https://acortar.link/827H4U

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

https://acortar.link/VQ0Nhd

hace 4 meses

si somos restaurante y solo vendemos agua exenta debemos ajustarnos a la proporcionalidad

Buenos días, Carmen. Gracias por contactarnos.

 

Para recibir asistencia sobre su consulta, debe realizar una nueva interacción. En ese sentido, debe seguir los siguientes pasos:

 

Acceda a la Comunidad de Ayuda.

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Digite el título y le da a “Siguiente”.

Podrá verificar las consultas similares, en caso de que desee continuar con la creación de la nueva debe pulsar la opción “Mensaje con este título”.

Seleccione el tipo de conversación, según corresponda.

Digite la descripción del mensaje.

Escoja un sentimiento y las categorías relacionadas.

Finalmente seleccione la opción “Publicar”.

 

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