miércoles, 1 de octubre de 2025

Cerrado

PORCENTAJE MAXIMO QUE PUEDE EXCEDER UNA EMPRESA ACOGIDA AL RST BASADO EN INGRESOS

Muy buenas tardes y Bendiciones para todos

Quisiera favor saber cual es el porcentaje máximo que una empresa acogida al RST de Ingresos puede excederse, sin temor a ser excluido del RST.

Dejar saber la base legal

Gracias anticipadas y a la espera de sus comentarios 

Slds

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Solución oficial

 

Buenas tardes, Nathalie. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que el máximo con el que se permite que un contribuyente acogido al RST exceda el monto permitido para acogerse bajo la modalidad que le corresponda, sin que se gestione su exclusión, es de un 5%.

 

No obstante, cuando el contribuyente exceda en más de un 5% los ingresos o compras permitidos para acogerse o mantenerse en el régimen, podrá mantenerse siempre que se traten de ingresos extraordinarios por concepto de dividendos, intereses y ganancias de capital debidamente documentados y presentados ante la DGII en un plazo de 15 días posterior a su cierre fiscal. De no autorizarse, deberá declarar y pagar bajo el régimen ordinario dentro del plazo establecido en el Código Tributario.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 2 meses

Perfecto, muchas gracias.

Buenos días, Nathalie.

 

Gracias a usted por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

 

¿Desea contestar una breve encuesta para ayudarnos a seguir mejorando su experiencia en la Comunidad de Ayuda? Queremos escucharle, ¡sólo le tomará 1 minuto! http://ms.spr.ly/61212jZw9Y).

 

Agradecemos de antemano sus comentarios, con su apoyo, cada día nos convertimos en una administración más cercana al contribuyente y ciudadano, asumiendo el compromiso de brindar servicios de calidad para ser referentes en transparencia y eficiencia.

 

¡Para nosotros es un placer servirle!

 

Comunidad de Ayuda DGII.