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viernes, 7 de julio de 2023 14:47

Cerrado

¿Por qué quieren cobrar el marbete de un vehículo ROBADO?

Hola

Fui a poner la oposición a la matrícula de un vehículo robado en noviembre de 2021. Por supuesto, después de robado yo volví a pagar el marbete de ese vehículo. Ahora, para poder poner la opsición me obligan a pagar más de 6 mil pesos del marbete acumulado (año 2022 y año 2023). 

No entiendo por qué tengo que pagar el marbete de un vehículo que NO ha estado en circulación durante esos años, el vehículo estaba robado y tengo la denuncia que lo demuestra.

La agente que me atendió me dijo que tenía que haber puesto la oposición antes, pero jamás me dijeron en ningún estamento del estado que tenía que poner esa oposición, sino al contrario, me dijeron que lo mejor era esperar un tiempo prudencial por si acaso el vehículo aparecía.

La agente de la DGII que me atendió me acusó de que no puedo evitar la ley alegando desconocimiento de la misma.

Ahora yo quiero saber, ¿qué ley es la que dice que tengo que pagar el marbete de un vehículo que NO ha estado en circulación, y que lo puedo demostrar por la denuncia, y que está informado al estado dominicano a través de las autoridades competentes que son la Policía Nacional?

¿Qué culpa tenemos los ciudadanos de que la PN y la DGII no se comuniquen efectivamente?

¿Si el marbete es un impuesto de circulación, por qué me obligan a pagarlo sobre un vehículo que NO ha estado en circulación?

¿Por qué además de ser víctima de un robo tengo que pagar más de 6 mil pesos del marbete, es decir, encima con recargo?

¿Por qué el sistema perjudica a los ciudadamos que queremos hacer las cosas por los canales oficiales y de manera correcta?

Solución oficial

Buenas tardes, Ramón. Gracias por contactarnos.

 

Para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, le convidamos a que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

  1. Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

3 Mensajes

No estoy pidiendo una respuesta vinculante.

Me basta con que me expliquen el motivo por el que la DGII me obliga a pagar el impuesto de circulación de un vehículo que NO ha estado en circulación ya que fue robado.

Buenas tardes, Ramón. Gracias por contactarnos.

 

En atención al caso que nos reporta, le informamos que, a los fines de ponderar su situación y explicar en detalle la misma y aportar la documentación soporte que la sustenta, en tanto que las respuestas a las consultas de aplicación de una ley, reglamento o norma únicamente surten efectos vinculantes respecto al consultante cuando se emiten sobre datos exactos, claros y precisos aportados por éste, referentes a una situación concreta planteada y mediante una consulta técnica, en virtud de lo establecido en los Artículos 39, 40, 41 y 42 del Código Tributario.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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Está bien, entiendo que ustedes no pueden explicar de manera PÚBLICA y TRANSPARENTE su manera de proceder.

Buenas tardes, Ramón. Gracias por contactarnos.

 

Nos preocupan sus comentarios, por lo que, le exhortamos que exponga su queja o sugerencia a través de las siguientes vías:

 

Canal Virtual:

  1. Remitiendo un correo a la cuenta vozdelcontribuyente@dgii.gov.do, detallando el motivo de su queja o sugerencia y aportando el número de solicitud.
  2. Completando el formulario electrónico disponible en la opción de Contacto de nuestro portal web.
  3. A través del portal del Sistema Nacional de Atención Ciudadana.
  4. Completando el formulario para quejas y sugerencias, que se encuentra disponible al escanear el código QR en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central, las administraciones locales, centros de servicio y colecturías a nivel nacional.

Canal Telefónico: 

 

A través de la línea 311 de lunes a viernes en horario de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

 

Canal Presencial:

 

A través de una comunicación explicando el motivo de su queja o sugerencia y aportando el número de solicitud., la cual puede depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central, las administraciones locales, centros de servicio y colecturías a nivel nacional. En caso de depositar anexos, la comunicación debe contener el detalle de los documentos a suministrar.

 

Disculpándonos por los inconvenientes ocasionados.