miércoles, 15 de julio de 2026

Plazo para presentacion declaracion jurada de sucesiones

Buenos días:

Quisiera que me aclaren una duda.

El plazo de los 90 días para realizar la declaración jurada para el pago de los impuestos sucesorales. Como se computa ese plazo? En días hábiles o dias calendario.

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Solución aceptada

Solución oficial

 

Buenas tardes, Elda. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, dentro de los noventa (90) días calendario (después del fallecimiento).

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 15 días

Me surge la duda, porque existe una disposición de la Gerencia Legal que indica que en virtud de la ley 107-13 dichos dias debian contarse como días hábiles, pero parece que no hay un criterio unificado al respecto.

 

Buenos días, Elda. Gracias por contactarnos.

 

A fin de brindarle la asistencia requerida, necesitamos que nos remita el número de solicitud para hacer las verificaciones de lugar.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.