NS

miércoles, 20 de noviembre de 2024 23:44

PERSONAS FISICAS Y PERSONAS JURÍDICAS ACOGIDAS AL RST

Buenas, 

Quisiera saber si la Persona Jurídica acogida al RST debe de retenerle el 100% del ITBIS a una Persona Fisica acogida al RST también. Que retenciones aplica para ambos casos acogidos al RST.

En caso de que no se le deba de retener el 100% del ITBIS. Entonces, deberia la persona Jurídica acogida al RST facturarle el ITBIS a la persona física acogida al RST?

Sin respuestas