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PERSONAS FISICAS Y PERSONAS JURÍDICAS ACOGIDAS AL RST
Buenas,
Quisiera saber si la Persona Jurídica acogida al RST debe de retenerle el 100% del ITBIS a una Persona Fisica acogida al RST también. Que retenciones aplica para ambos casos acogidos al RST.
En caso de que no se le deba de retener el 100% del ITBIS. Entonces, deberia la persona Jurídica acogida al RST facturarle el ITBIS a la persona física acogida al RST?
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