MG

jueves, 3 de noviembre de 2022 14:36

Cerrado

Personas fisicas extranjeras registrados como profesores

Buenas. Tengo la siguiente situación.

En la escuela donde trabajo, tengo profesores que enseñan cursos aeronáuticos. Estos profesores son extranjeros, ¿ ellos pueden sacar su RNC bajo la actividad económica de enseñanza o de esa rama que se les adecue mas? 

Gracias 

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Solución oficial

Buenos días, Miguel. Gracias por contactarnos.

 

En atención al caso que nos plantea, le informamos que, las actividades económicas que aplican para la incorporación al RNC de los extranjeros sin documento de identidad dominicana son:

  1. Operaciones Inmobiliarias
  2. Participación en Empresas
  3. Operaciones de Vehículos de Motor
  4. Empleados y Obreros
  5. Impuesto Sucesoral
  6. Diplomáticos
  7. Cónsul.

Los extranjeros que deseen realizar operaciones comerciales de venta de bienes o prestación de servicios en territorio dominicano primero deben nacionalizarse (adquirir la Cédula de Identidad y Electoral) y posteriormente inscribirse al Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) con la actividad económica a desarrollar.

 

Como alternativa, la empresa puede registrarlo como empleado vía la Tesorería de la Seguridad Social agotando los pasos que esta entidad le requiera.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

5 Mensajes

@Comunidad de Ayuda DGII​ Vale acotar que la nacionalidad del profesor es venezolano

Buenos días, Miguel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su aclaración, le informamos que, los criterios anteriormente descritos aplican para extranjeros de todas las nacionalidades sin distinción.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.