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Persona Física
Buenos dias!!
Que tipo de retención se le debe realizar a una persona física registrada con la actividad económica EJECUCIÓN Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y ELECTRÓNICAS N.C.P. (INCL. LA INSTAL. DE ANTENAS, PARARRAYOS, SISTEMAS DE.
En la factura detalla que el servicios es compra de bomba y mantenimiento de aire.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.4K Mensajes
hace 3 meses
Buenas tardes, Massiel. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en caso de que una persona jurídica realice el pago a la persona física, corresponde efectuar la retención del 100% del ITBIS por el monto total pagado y el 2% del ISR, únicamente sobre el monto del servicio técnico pagado (mantenimiento de aire).
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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