domingo, 26 de abril de 2026

Persona Física Omisa en Declaración IR1

Saludos.

CASO: Persona Física Profesional Liberal, que hasta la fecha es Asalariada, sin embargo para 2022 tuvo otros Ingresos. Es solo Asalariada desde 2023 hasta la fecha, no presento sus declaraciones de IR-1:

La Declaración no da a pagar impuestos, pero quisiera saber si tendría que pagar alguna multa por los periodos que no declaró??

Que monto serían ?? O cual sería la base para el cálculo de alguna penalidad??

***Gracias 

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Solución oficial

 Buenos días, Luisa. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que las multas por faltas tributarias no se aplican de manera automática como en el caso de los recargos e intereses que se aplican a los impuestos a pagar fuera de plazo, sino que son colocadas luego de efectuarse un proceso de determinación que incluye una citación con plazo de 5 días para responder a la misma. En tal sentido, si no ha recibido hasta ahora una citación, ni una notificación de multa, esta no será colocada si presenta las declaraciones pendientes.

 

También puede confirmar si posee alguna multa por falta tributaria dirigiéndose a la opción "Cuenta Corriente" que se encuentra disponible en el menú "Consultas" de su Oficina Virtual. Allí visualizará un estado de cuentas que incluiría el monto de la multa, en caso de que esta existiera.

 

Producto de la simple presentación de la declaración, si esta no genera ningún monto a pagar, no se generarán tampoco penalidades.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.