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Persona Física Factura Servicio de Alquiler SIN ITBIS
Una Persona Fisica factura con NCF válido para crédito fiscal, pero sin Itbis a una ISFL sin fines de Lucro, el alquiler del local donde esta funciona. En cada pago le retenemos el 10% del ISR, Pero ....
1- Es correcto que no transparente el Itbis?
2- y si debe transparentar el Itbis, quién debe asumir el pago de este impuesto correspondiente a todas las facturas que le hemos pagado bajo esta condición?
1- Es correcto que no transparente el Itbis?
2- y si debe transparentar el Itbis, quién debe asumir el pago de este impuesto correspondiente a todas las facturas que le hemos pagado bajo esta condición?




Solución oficial
OTM .
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hace 6 años
En la prestación del servicio de alquiler de bienes inmuebles por parte de una Persona Física a una Persona Jurídica o Negocio de Único Dueño, esta última debe efectuar la retención del 100% del ITBIS facturado, en adicción al 10% por concepto de ISR.
El ITBIS debes de estar transparentado.
Para recibir asistencia relacionada al correcto llenado y los cálculos que poseen las transacciones de las declaraciones juradas, debes consultar con el área de Fiscalización Interna de tu Administración Local, ya que, es la encargada de instruir a los contribuyentes.
El Departamento De Fiscalización cuenta con el personal requerido para ofrecerte la asistencia en el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local perteneces, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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