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miércoles, 18 de marzo de 2026

Persona Fisica registrada

Buenas tardes, por favor si pudiera darnos un poco de luz con esta pregunta se lo agradecere,

Si una persona física registrada en la DGII realiza un servicio de fotografías 2013 a una empresa constituida, la empresa genera un B11 y presenta este gasto con su respectiva retención del 18%, que le corresponde hacer a la persona física a esta fecha, si ahora fue que se dio cuenta de esa presentación y la misma desea solicitar comprobantes fiscales, 

Gracias por anticipado

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Jocelyn. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le recomendamos solicitar que las obligaciones que se hayan originado en esta transacción sean evaluadas para prescripción, en cuyo caso le serán perdonadas.

 

Para conocer cómo solicitar que una obligación sea evaluada para prescripción, le invitamos a acceder a la pregunta de esta comunidad que contiene el proceso detallado, haciendo clic en el siguiente enlace: CA3142 ¿Qué debo hacer para solicitar la prescripción de una deuda?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

95 Mensajes

@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​ 

Gracias por su pronta respuesta, pero esto no es una deuda, el no debe nada, es solo saber si puede presentar estos IR-1 sin la carta de retención que le debió dar la empresa en su momento, o si no es necesario hacer esas declaraciones, dadas la prescripcion

Pero no hay deuda pendiente, la empresa retuvo y presento en su momento.

Saludos

(Editado)

Buenas tardes, Jocelyn. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que el procedimiento al que hace referencia también aplica para evaluar para prescripción la obligación de presentar la declaración. También es necesario que tenga en cuenta que las retenciones de renta efectuadas a proveedores informales no son calculadas de manera exacta y no constituyen un pago único, sino solo un pago a cuenta, por lo que es posible que se genere una diferencia a pagar aún habiéndose efectuado la retención.

 

En cuanto a la carta de retención, debe poseerla para sustentar su declaración, ya que, en caso de que se iniciara algún proceso de fiscalización en el que deba ser comprobada la retención, deberá presentar la carta.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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