martes, 20 de junio de 2023 14:41

Cerrado

PERSONA FISICA LE VENDE SERVICIO EXENTO DE MEDICO A PERSONA JURIDICA

Quisiera saber si yo como persona física registrada dando servicios profesionales de medico a una persona jurídica, esta exento de itbis la persona jurídica como debe registrar esa transacción por el servicio de la persona física exenta por los servicios médicos debe retener algún % del impuesto sobre la renta aunque no es un servicio con el itbis quisiera saber como la persona jurídica procede a registrar ese servicio exento.

Solución oficial

Buenos días, Eliezer. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, cuando las personas jurídicas le efectúen pagos por el citado servicio a personas físicas registradas como contribuyentes ante esta Dirección General deberá realizar las siguientes retenciones:

 

ISR: Debe retener un 10% por tratarse de un servicio profesional de conformidad con lo indicado en el Art. 70 del Reglamento 139-98. Dicha retención debe ser reportada a través de la Declaración Jurada de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17) dentro de los primeros 10 días del mes siguiente al período a declarar (por ej.: el mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 10 de febrero). 

 

ITBIS: No debe aplicar retención de este impuesto toda vez que sea uno de los servicios descritos como exentos en el Literal b), Art. 14 del Reglamento 293-11.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.