lunes, 13 de noviembre de 2023 15:34

Cerrado

Persona Fisica brinda servicio a Zona Franca

Saludos Cordiales Comunidad

Expreso la siguiente situación:

Una persona física que brinda servicios profesionales de marketing a una zona franca....

- Debe facturar con B14 o B01?

- Debe incluir o no el ITBIS?

- Las respuestas a Estas preguntas pueden variar dependiendo de la actividad a la que se dedique la zona franca?

Gracias

Solución oficial

Buenas tardes, Rosa. Gracias por contactarnos.

 

Para que se le facture con comprobante de regímenes especiales (NCF del tipo 14), el contribuyente debe demostrar que se encuentra acogido a un régimen especial de tributación, en el caso de las zonas francas debe presentar el carné vigente por la DGII, al momento de adquirir bienes o servicios el cual debe estar vigente.

 

En el mismo orden, cuando una zona franca adquiere bienes o servicios en el mercado local y el carné de exención de ITBIS se encuentra vencido o no lo posee, se le debe emitir un comprobante fiscal con valor de crédito fiscal (NCF del tipo 01), transparentado el ITBIS y el ISC, según aplique.

 

Base Legal: Reglamento 293-11, Art. 16; Norma General 05-19, Art. 10, párrafo IV.

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.