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PERDIDA EN DECLARACIONES ANTERIORES
Una persona Física que en el IR1 2022 declaró y quedo en perdida, pero ese balance no lo arrastro a la declaración 2023, puede rectificar 2023 y ponerse este saldo, para utilizarlo ahora en la de 2024.
A su vez esa misma persona tiene unos anticipos del 2022, que no se ha podido compensar, también pueden ponerse en esa declaración.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.4K Mensajes
hace 2 meses
Buenos días, Yomarkys. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, para rectificar una declaración jurada, el contribuyente debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local que le corresponde, los siguientes documentos:
Importante:
Tiempo de respuesta:
5 días laborables, no obstante, el tiempo estimado será proporcional a la condición del expediente de la solicitud de rectificativa, es decir, que la documentación que sustente los cambios sea la correcta y se encuentre completa.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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