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PAYPAL *FACEBOOK / EBAY / AMAZON
Saludos,
En esta ocasión tengo la siguiente duda, en donde trabajo (un taller de mecánica automotriz) se hacen compras de Repuestos en el exterior bien sea por Amazon, Ebay, otros. Y me gustaría reportar o registrar esos gastos, ¿eso se puede hacer en el Formato 606? o ¿En algún otro formato? y tomando en cuenta que eso no tiene ITBIS ¿Se haría una proporcionalidad?
Por otro lado, tengo Gastos en publicidad de Facebook que también necesito reportar ante la DGII ya que son gastos significativos. ¿En donde debo colocar estos gastos? ¿Formato 606?
Por favor, necesito de su ayuda y la verdad me encantaría que pudieran ayudarme.
NOTA:
1. No te dan factura con comprobante fiscal de ninguna forma.
2. Tengo todas los Resumen de pago.
3. Y se hacen los pagos con la cuenta o tarjeta de la empresa a nombre de la empresa.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.4K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Milton. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, la compra de bienes realizada en el exterior debe ser reportada de la siguiente manera:
Importante:
Cuando los bienes son importados vía un courier y la declaración aduanal es realizada a nombre del contribuyente, es decir, el courier solo fungió como agente aduanal, el ITBIS pagado en la importación se debe reportar en el IT-1.
Cuando una Persona Física hace uso de la exención contributiva, no puede deducir de la renta bruta de sus actividades de negocios, los gastos comprobados necesarios para obtener, mantener y conservar la renta gravada.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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