martes, 5 de julio de 2022 13:59

Cerrado

Patrocinio

Saludos,

Si una persona jurídica hace un aporte en efectivo para un patrocinio a una cooperativa, debe la cooperativa emitir un NCF para que la jurídica pueda tener el sustento de este monto patrocinado? Que tipo de retenciones se ven involucradas aqui?

Solución oficial

Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.

 

Las instituciones sin fines de lucro deben emitir un comprobante de acuerdo al tipo de cliente y al requerido por estos para amparar todas las operaciones que realiza.

 

Por ejemplo:


• Empresas privadas: con valor de crédito fiscal.
• Zona Franca: régimen especial de tributación.
• Institución Estatal: gubernamental.

 

Esta disposición también aplica a los patrocinios.

 

Los patrocinios o donaciones se le debe aplicar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), siempre que se traten de bienes o servicios gravados, debido a que este impuesto grava la transferencia de bienes a título oneroso o gratuito.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61214bxGDg)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61217bxGDc

Es un placer servirle.

hace 3 años

Aplica alguna retención si el patrocinio es en efectivo?

Buenas tardes, Juan. Gracias por contactarnos.

 

La Institución sin Fines de Lucro no deben aplicar ITBIS a los patrocinios, lo que debe hacer es emitir un Comprobante Fiscal del tipo que requiera el patrocinador, indicado anteriormente.

 

En otro orden, el patrocinio es un acuerdo entre una marca y una persona o entidad para promover a la empresa que va a ser patrocinadora.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61210bxuti)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61213bxutl

Es un placer servirle.