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Pagos Plataformas en el exterior
Buenos dias,
Tengo la duda, debo realizar retencion del 27% a los pagos efectuados a plataformas virtuales en el exterior como LINKEDIN (pag. para busca de cadidatos para empleos) o Freshservice (plataforma para realizar Tikets de servicios), estos servicios estan en la nube y son pagados con Tarjetas de Credito, son plataformas a las que tengo un derecho de uso a acceso.
Por lo que no se si debo realizar o no la retencion.
Tengo la duda, debo realizar retencion del 27% a los pagos efectuados a plataformas virtuales en el exterior como LINKEDIN (pag. para busca de cadidatos para empleos) o Freshservice (plataforma para realizar Tikets de servicios), estos servicios estan en la nube y son pagados con Tarjetas de Credito, son plataformas a las que tengo un derecho de uso a acceso.
Por lo que no se si debo realizar o no la retencion.



Oficial
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hace 6 años
En caso de que realices pagos por adquisición de bienes intangibles (como softwares o licencias informáticas) adquiridos en el exterior, debes canalizar tu inquietud mediante una consulta técnica.
Para realizar una consulta técnica debes depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Importante: el consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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