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PAGOS DE COMISIONES AGENTES DE SEGUROS ¿ESTAN EXENTAS O NO DE ITBIS?
Las empresas aseguradoras pagan comisiones a sus agentes de seguros a traves del formulario 616 sobre Aseguradoras y ARS.
La norma 13-07 excluye a estas aseguradoras de Retener el itbis, pero las mismas en el reporte del 616 no reportan ni el ITBIS retinido, ni itbis facturado. ¿Realmente se esta en obligación de pagar ITBIS por estas comisiones o estan exentas? requiero una respectua tecnica y sustentada por favor.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 años
Buenos días, Anthonio. Gracias por contactarnos.
Las compañías aseguradoras no deben retener el ITBIS cuando paguen comisiones a sus corredores de seguros estas fueron excluidas como agentes de retención cuando realicen pagos a sus corredores o agentes de seguros por concepto de comisiones o servicios de intermediación.
Base Legal: Norma General 13-07, Artículo 1.
De acuerdo con lo establecido en el numeral 3 y literal d del artículo 3 del Decreto 293-11 el pago de comisiones se encuentra sujeto al pago del ITBIS.
Consideraciones Importantes:
Las comisiones pagadas a empleados en relación de dependencia no se encuentran sujetas al pago de este impuesto.
Para más información pueden consultar el instructivo de llenado del IT-1.
A fin de recibir una respuesta vinculante, le exhortamos agotar el procedimiento indicado en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61215bFvGU
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