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lunes, 22 de abril de 2024 22:25

Cerrado

Pagos al exterior

Hola, los anticipos efectuados a proveedores extranjeros por servicios de consultoría son sujetos a retención del 27%? es decir los servicios no están facturados pero debemos pagar un anticipo al proveedor para el desarrollo de los servicios. 

Solución aceptada

14 Mensajes

hace 5 meses

Hola, muchas gracias, y en el caso que solo se realice un adelanto del pago de la factura, que no se cancele por completo, ¿la retención aplicaría a ese adelanto o hasta que se cancele la factura?

Buenas tardes, Judieth. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, la retención se realizaría cuando cancele la factura, es decir, cuando la misma sea pagada en su totalidad.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Solución oficial

Buenos días, Judieth. Gracias por contactarnos.

                           

En atención a su consulta, le informamos que, se debe aplicar retención del Impuesto Sobre la Renta siempre que los pagos girados al exterior sean de renta de fuente dominicana, tales como: https://acortar.link/xLDDHw

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

http://ms.spr.ly/61212jZw9Y