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miércoles, 9 de noviembre de 2022 15:20

Cerrado

PAGOS AL EXTERIOR

Si una empresa me emite un comprobante con valor fiscal por un gasto y me indica que le deposite a un banco del extranjero. Debo pagar impuesto por remesas?

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Francisca. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, no deberá efectuar la retención del 27% por concepto de Pagos al Exterior toda vez que le sea emitido un Comprobante de Crédito Fiscal (NCF del Tipo B01) y cuyo pago se efectúe a una cuenta de la empresa residente o domiciliada en el país.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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@Comunidad de Ayuda DGII​ ; agradezco su pronta respuesta; solo para aclarar; no importa que el banco esté en el exterior; es decir; la empresa está domiciliada en R.D ya que es multinacional y el banco en Estados Unidos donde me indica que le pague?

(Editado)

Buenas tardes, Francisca. Gracias por contactarnos.

 

Es correcto, no se considera un pago al exterior al tenor del Art. 305 del CT, ya que el pago es efectuado a una cuenta bancaria propiedad de la empresa que le emitió el Comprobante de Crédito Fiscal (NCF del Tipo B01).

 

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Muy complacida por la pronta respuesta. Gracias.

Buenos días, Francisca.

 

Gracias por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

 

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