jueves, 6 de junio de 2019

Cerrado

Pagos al exterior

Cuando hago un pago al exterior por servicios prestados, por ejemplo de 1000 US. Cual es la retención que debo pagar. Como calculo la renta presunta para el 609?
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Solución oficial

1.1K Mensajes

hace 6 años

Buenos días, la tasa del ISR que se debe retener a los pagos realizados al exterior es de 27%. Esta retención solo aplica a los pagos por concepto de prestación de servicios.


Con relación al cálculo, te recomendamos canalizarlo con el área de Fiscalización de la Administración Local que te corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

Importante: Para conocer a cuál Administración Local perteneces, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda.

293 Mensajes

hace 6 años

En ese caso no aplica la renta presunta. Haces la retención correspondiente, la reportas y pagas.