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martes, 26 de febrero de 2019

Cerrado

Pagos al exterior

Para mi empresa hacer retención del 27% por concepto de remesas al exterior o pagos al exterior, ¿necesita estar registrada como importador?
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Solución oficial

799 Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes, su inquietud fue respondida por el Sr. Juan Encarnación.

 27 % es la tasa del ISR que debe retener a los pagos realizados al exterior.

Nota:
La retención que se debe aplicar a las remesas o pagos enviados a los países con que se tiene acuerdos especiales dependerá de la disposición del acuerdo y el tipo de renta que se trate. 

Las consultas referentes a este tipo de temas deben ser canalizadas mediante una Consulta Técnica.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

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Gracias.-

hace 6 años

Buenos días, cuando una compañía nacional efectúa pagos por concepto de servicios prestados en el exterior, no es necesario ser importador se le retiene un 27% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR). No obstante, si la empresa nacional desea asumir el pago de la retención puede hacerlo.