Buenas tardes, su inquietud fue respondida por el Sr. Juan Encarnación.
27 % es la tasa del ISR que debe retener a los pagos realizados al exterior.
Nota: La retención que se debe aplicar a las remesas o pagos enviados a los países con que se tiene acuerdos especiales dependerá de la disposición del acuerdo y el tipo de renta que se trate.
Las consultas referentes a este tipo de temas deben ser canalizadas mediante una Consulta Técnica.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Buenos días, cuando una compañía nacional efectúa pagos por concepto de servicios prestados en el exterior, no es necesario ser importador se le retiene un 27% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR). No obstante, si la empresa nacional desea asumir el pago de la retención puede hacerlo.
Solución oficial
Ismelda Taveras
799 Mensajes
hace 6 años
27 % es la tasa del ISR que debe retener a los pagos realizados al exterior.
Nota:
La retención que se debe aplicar a las remesas o pagos enviados a los países con que se tiene acuerdos especiales dependerá de la disposición del acuerdo y el tipo de renta que se trate.
Las consultas referentes a este tipo de temas deben ser canalizadas mediante una Consulta Técnica.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
1
0
Juan Encarnación Báez
779 Mensajes
hace 6 años
0