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Pagos al exterior por publicidad-Facebook
Buenas tardes
tengo una pequeña duda sobre los pagos realizados al exterior por publicidad a facebook.
Estos pagos conllevarían una retención de un 15% según lo nuevo y estipulado en la ley 30-26
Quedamos al pendiente


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
29.5K Mensajes
hace 18 días
Buenas tardes, Daniel. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le confirmamos que el porcentaje que debe retener en los pagos efectuados al exterior por servicios de publicidad en línea es el 15% del monto a pagar, según lo establecido en la Ley 30-26.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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