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PAgos al exterior por bienes intangibles (licencias, software,) y también membresías ( Google, Canva, etc.)
Saludos cordiales
Que tipo de comprobante se le asigna a los gastos por concepto de adquisición de bienes intangibles (licencias, software,) y también por concepto de membresías ( Google, Canva, etc.)
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
23K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Rosa. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, se utilizara comprobante de pago al exterior se considera cuando sea por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales obligadas a realizar la retención total del Impuesto sobre la Renta, de conformidad a los artículos 297 y 305 del Código Tributario.
Los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).
Consideraciones Importantes:
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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