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Pagos al exterior, 606 y retencion
Buenas tardes, de las remesas y la retenciones: estas aplican para el nuevo comprobante B17, se debe enviar en el 606 la retenciones?? no hay una opcion para decir que tipo de retencion es, si 01 alquileres, 02 honorarios, etc.. que se hace? se deja sin retencion y solo se manda para validar el gasto?



Solución oficial
Beatriz De La De La Rosa
1.2K Mensajes
hace 7 años
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Solución oficial
Beatriz De La De La Rosa
1.2K Mensajes
hace 7 años
Deberá ser reportado en el Formato de Compras de Bienes y Servicios (606) sin la retención. La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).
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Juan Encarnación Báez
779 Mensajes
hace 7 años
¿Es solo para los servicios contratados? Son emitidos por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales, obligadas a realizar la retención total del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
¿Se va a reportar en el formato 6_06 y Formato 6_09?
Si, el comprobante para pagos al exterior deberá ser reportado en el Formato de Compras de Bienes y Servicios (606). La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).
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