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Pagos al exteior
Saludos,
Tengo unos colaboradores que realizaron una capacitación en el exterior y quisiera saber si debemos retenerle el 27% sobre pagos al exterior. Ellos nos enviaron una carta de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de ARGENTINA, donde nos indican que son Asociaciones sin fines de lucro y tenemos esa duda de ver si le retenemos o no, si existe algún acuerdo con argentina que nos pueda dar luz.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
2.2K Mensajes
hace 19 días
Buenas tardes. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, se debe aplicar retención del Impuesto Sobre la Renta siempre que los pagos girados al exterior sean de renta de fuente dominicana, tales como:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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