MB

lunes, 24 de junio de 2024 15:43

Cerrado

Pago total deuda

SI tengo una deuda de ISR 2023, pero quiero saldar la deuda total.... que descuentos aplica?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Mrabeli. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar el descuento por pronto pago para cualquiera de los impuestos, siempre que cumpla con alguna de las siguientes condiciones:

  • Que pague de forma inmediata y definitiva los impuestos notificados por la Administración Tributaria. En estos casos pagarán el 70% de los recargos.
  • Realice una rectificativa voluntaria de la declaración jurada de impuestos objeto del descuento. En estos casos pagarán el 60% de los recargos.

Para solicitar el descuento por pronto pago, debe depositar en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, el siguiente documento:

  • Carta de solicitud firmada (en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
  • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente o accionista de la empresa.
  • Carta de autorización firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada) [aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud].
  • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

Tiempo de respuesta:

 

Administraciones locales: 1 día laborable.

Gerencia de Grandes Contribuyentes: 30 días laborables.

 

Consideraciones Importantes

 

El descuento por pronto pago aplica cuando paga de forma inmediata y definitiva los impuestos notificados por la Administración Tributaria o realiza una rectificación voluntaria de su declaración jurada de impuestos.

 

En ese mismo orden, le recomendamos canalizar la misma a través del área de Control de la Administración Local que le corresponde, a fin de que éste realice las verificaciones de lugar y le suministre la información requerida.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.