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miércoles, 28 de febrero de 2024 02:08

Cerrado

Pago the impuesto a la propiedad

Quiero saber cuanto y como puedo pagar

Solución oficial

Buenos días, Pedro. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede generar las autorizaciones de pago del IPI a través de la página web siguiendo estos pasos:

  1. Ingrese a nuestra página web.
  2. En la sección Herramientas, menú Consultas, seleccione la opción Cuotas IPI.
  3. Digite su RNC/Cédula, elija el año y presione el botón Buscar.
  4. Pulse sobre el número de la autorización de pago que desea generar.

Consideraciones Importantes:

 

Las autorizaciones de pago del IPI tienen una vigencia de 5 días, dentro de la fecha límite de pago del impuesto. Las autorizaciones de pago del IPI también se pueden generar a través de la opción Autorizaciones de Pago disponible en la Oficina Virtual.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

 

Buenos días, Pedro. Gracias por contactarnos.

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.


Visite:
http://ms.spr.ly/61214cTPLg


¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!


Es un placer servirle.