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PAGO PROVEEDOR INFORMAL
Buenas tardes
Cual es el proceso a seguir si una persona jurídica acogida al régimen simplificado de tributación debe pagar una factura de servicios a un proveedor informal?
Cual es el pago que esta persona debe recibir?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
23K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, Yadira. Gracias por contactarnos.
La Persona jurídica acogida al RST deberá retener el 10% o 2% del Impuesto Sobre la Renta según corresponda de manera ordinaria y hacer la presentación en IR-17.
Base Legal: Decreto 139-98, Reglamento para la Aplicación del Título II (ISR), Artículo 7; Artículo 309, Código Tributario.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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Yadira Breton
2 Mensajes
hace 3 años
Tengo que emitir factura NCF B11 para proveedor informal aunque el RST no haga envíos de de 606.?
El ITBIS se le paga al proveedor del servicio incluyendo los proveedores informales (No se hace esta retención de este impuesto)?
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