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pago productos de limpieza a persona fisica
Una entidad juridica esta pagando a una persona fisica por la compra de insumos de limpieza, esta persona fisica esta registrado y me genera una factura con NCF, mi pregunta es, debo retener ISR e ITBIS a la factura ?
Gracias
Solución aceptada
Solución oficial
OTM .
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hace 4 años
Buenos días Luz. Gracias por escribirnos.
Solo aplica la retención del 100% del ITBIS facturado.
En la compra de bienes no se debe efectuar retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), la retención del ISR solo aplica en la prestación de servicios.
Consideraciones Importantes:
Cuando los bienes son adquiridos por el Estado y sus dependencias, incluyendo las empresas estatales y los organismos descentralizados y autónomos, se aplica una retención de un 5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Luz.
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