martes, 26 de mayo de 2026

pago por servicios de corte de grama a persona fisica

Si una empresa le paga a una persona fisica por servicios de corte de grama en una propiedad privada, que impuestos y retenciones debe aplicar?

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Solución oficial

Buenos días, Lucy. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que el pago por este servicio por parte de una persona jurídica a una persona física, ambos sin ninguna categoría o régimen especial, deberá estar sujeto a retención del 100% del ITBIS facturado; y de un 2% del monto facturado, correspondiente a Impuesto Sobre la Renta.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.