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miércoles, 6 de noviembre de 2024 17:41

Cerrado

Pago IR3

Estaría muy agradecido si me pudieras ayudar con la siguiente pregunta sobre legislación de nómina en la República Dominicana:  ¿Una multinacional tiene que pagar el el impuesto sobre la renta de sus empleados (IR3) desde su propia cuenta bancaria? ¿O es posible realizar el pago de sus obligaciones fiscales de una cuenta de terceros (como una cuenta de una firma de procesamiento de nómina)?  ¿Se pueden hacer los pagos desde el extranjero ( a partir de un banco con sede fuera de la República Dominicana )?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Mario. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, hasta el momento, no existe una base legal que exija que el pago de impuestos se realice obligatoriamente desde la cuenta bancaria de quien generó la obligación. Es decir, en el caso que expone, pueden efectuar el pago de las obligaciones tributarias desde la cuenta que decidan como entidad. Lo que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) regula es el nivel de cumplimiento de estas obligaciones.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

3 Mensajes

Muchas Gracias. 

De ser posible, ¿podría decir si lo mismo aplica para las retenciones a la seguridad social? Pagos a la autoridad de seguridad social.

Buenas tardes, Mario. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su solicitud, le informamos que, para poder ayudarle debe especificarnos mejor su consulta o requerimiento; a fin de que podamos entenderle bien e informarle de manera concreta y correcta.

 

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hace 1 mes

Hola Mario, deberia ser desde su propia cuenta pero tambien puede pagarlo la firma de procesamiento de pago y usted tendria que reembolsarle el dinero a dicha firma.

3 Mensajes

Hola Jose, muchas gracias.

De ser posible, ¿podría decir si lo mismo aplica para las retenciones a la seguridad social? Pagos a la autoridad de seguridad social.