JC

jueves, 24 de noviembre de 2022 15:28

Cerrado

PAGO IMPUESTO RESIDUOS SOLIDOS FIDEICOMISOS

LOS FIDEICOMISOS ESTAN EXENTOS DEL PAGO DEL IMPUESTO A RESIDUOS SOLIDOS

Solución oficial

Buenos días, Jean. Gracias por contactarnos.

 

Solo se exceptúan de la obligación de pagar esta contribución especial para la gestión integral de residuos a las Instituciones Sin Fines de Lucro legalmente constituidas conforme a la Ley 122-05.

Tienen la obligación de pagar la contribución especial para la gestión integral de residuos todas las personas jurídicas. 

 

Importante:

  • Esta contribución es de carácter obligatorio para toda persona jurídica e institución pública o privada domiciliada en el territorio nacional, amparada en cualquier régimen fiscal, independientemente de que perciban o no beneficios.
  • Estos aportes se realizarán de acuerdo a los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate de cada entidad.

Base Legal:  Ley 225-20, Art. 36.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61217dfBvB)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de

manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61210dfBvE

 

Es un placer servirle.