lunes, 20 de julio de 2026

PAGO DE VIATICO O DIETA A EMPLEADO

Buenas tardes,

           Favor responder a mi inquietud,

Si la empresa a los empleados se le paga como beneficio adicional a su sueldo los que es pago por combustible, y pago como viatico un depósito al mes, esto debe ser reportado mediante que via a la DGII, ya que no es reportado por nómina. Por ejemplo, se le pagan 20,000.00 de viáticos y 10,000.00 para el combustible.

Se le hace algun descuento a los empleados por estos beneficios o la empresa lo asume.

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Solución oficial

Buenas tardes, Victor. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que estas remuneraciones también deben ser reportadas a través de la nómina, en caso de que corresponda a los servicios prestados por el empleado en su relación de dependencia con la empresa.

 

Las asignaciones de traslado y viáticos se encuentran exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta independientemente estas sean otorgadas en especie o en dinero, siempre que corresponda a viajes relacionados con sus funciones en la empresa y estén sustentadas en los comprobantes correspondientes, en los casos de que se otorguen en especie.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.