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Pago de vacaciones a un colaborador externo de la institución?
Puede una empresa, que solicite un colaborador externo,para cubrir una vacaciones de 14 días, de un personal que tienes un sueldo de 20,000 pesos, la empresa le puede descontar impuestos al trabajador que estará cubriendo, en caso de que si, cuáles son esos impuestos que se deben descontar por ley.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27.7K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Carla. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en caso de que registren al colaborador en la nómina, corresponde realizar las deducciones de ley en la TSS. En ese mismo orden, en caso de realizar los pagos como persona física o proveedor informal corresponde realizar las retenciones tanto de ITBIS como de ISR.
Las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el ISR a las Personas Físicas por la prestación de servicios el siguiente porcentaje, según sea el caso:
https://acortar.link/bdHVvu
Las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el ITBIS de la siguiente manera:
https://acortar.link/wR66R3
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
http://ms.spr.ly/61212jZw9Y
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