miércoles, 3 de abril de 2024

Cerrado

Pago de vacaciones a un colaborador externo de la institución?

Puede una empresa, que solicite un colaborador externo,para cubrir una vacaciones de 14 días, de un personal que tienes un sueldo de 20,000 pesos, la empresa le puede descontar impuestos al trabajador que estará  cubriendo, en caso de que si, cuáles son esos impuestos que se deben descontar por ley. 

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Solución oficial

Buenas tardes, Carla. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en caso de que registren al colaborador en la nómina, corresponde realizar las deducciones de ley en la TSS. En ese mismo orden, en caso de realizar los pagos como persona física o proveedor informal corresponde realizar las retenciones tanto de ITBIS como de ISR.

 

Las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el ISR a las Personas Físicas por la prestación de servicios el siguiente porcentaje, según sea el caso:

 

https://acortar.link/bdHVvu

 

Las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el ITBIS de la siguiente manera:

 

https://acortar.link/wR66R3

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.