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viernes, 4 de agosto de 2023 17:02

Cerrado

pago de transferencia de titulo

Favor ayudar con los siguientes procedimientos:

1- Tramites para la autorización de pago de la transferencia de inmueble. 

2-Como y a nombre de quien emito el medio de pago.

3- Luego de tener el medio de pago donde realizo el mismo.

4-Despues de realizar el pago hacia donde me dirijo y cual es el paso a seguir.

Gracias anticipadas 

Solución oficial

Buenas tardes, Noemi. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que:

  1. A fin de obtener la autorización de pago del impuesto necesario para efectuar la transferencia de un inmueble debe dirigirse a la Administración Local más cercana y depositar los siguientes documentos:
    • Acto de transferencia original notarizado y dos (2) copias. Si las partes involucradas son Personas Jurídicas deben indicar su número de RNC.
    • Copia del título del inmueble o propiedad.
    • Dos (2) copias de la Cédula de Identidad y Electoral del comprador o adquiriente, de ambos lados, (aplica en caso de Personas Físicas).
    • Dos (2) copias de Cédula de Identidad y Electoral del vendedor o cedente, de ambos lados (aplica en caso de Personas Físicas).
    • Efectuar el pago del 3% del valor del inmueble o propiedad.
    • Efectuar el pago de RD$ 20.00 establecido en la Ley 33-91.
    • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).
  2. Puede realizar el pago de los impuestos, tasas y servicios en las áreas de caja de la DGII en efectivo hasta un monto máximo de quince mil pesos (RD$15,000.00) o mediante cheque certificado o de administración para las transacciones que involucren un monto mayor. En caso de que sea con cheque, este debe contener las siguientes informaciones:
    • El concepto debe ser: “Pago transferencia inmobiliaria a favor de (nombre y cédula/RNC del comprador)”.
    • Ser emitido a favor del “Colector de Impuestos Internos”.
  3. El pago de este impuesto debe ser realizado únicamente en las áreas de Caja de la Administración Local donde se le emitió la autorización de pago.
  4. Una vez efectúe el pago, podrá dirigirse a Registro de Títulos a solicitar la emisión de su nuevo titulo con el cambio de propietario, aportando los documentos que esa entidad le requiera.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.