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Pago de Residuos Solidos
Quisiera saber si las instituciones sin fines de lucros y Cooperativas están exentas del pago de los Residuos Solidos
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Quisiera saber si las instituciones sin fines de lucros y Cooperativas están exentas del pago de los Residuos Solidos
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenas tardes, Rainiel. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, se exceptúan de la obligación de pagar esta contribución a los fideicomisos, los fondos de inversión abiertos y cerrados y los patrimonios separados de compañías titularizadoras, así como también, las Instituciones Sin Fines de Lucro legalmente constituidas conforme a la Ley 122-05 de las siguientes categorías: no lucrativa católica, no lucrativa privada y no lucrativo condominio.
Mantienen la obligación de pagar esta contribución las Entidades Sin Fines de Lucro que pertenezcan a las categorías antes citadas y no tengan obligación de ISFL-01, así como las entidades no lucrativas de las siguientes categorías: no lucrativa extranjera, no lucrativa financiera, no lucrativa cooperativa y no lucrativa estatal.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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