domingo, 13 de septiembre de 2026

Pago de IPI

Si una empresa tiene varios inmuebles y tiene una deuda de IPI, y me interesa adquirir uno de ellos, puedo pagar únicamente la proporción correspondiente al IPI de mi inmueble?

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Solución oficial

Buenas tardes, Anthony. Disculpe la demora.

 

 En atención a su consulta, le informamos que sí, presentando los documentos para la transferencia del inmueble la Unidad de Tasación podrá generarle una autorización de pago por la proporción del impuesto que corresponda al inmueble que transferirá, a fin de que pueda saldar la deuda que corresponde al mismo y efectuar la transferencia.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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Es un placer servirle.

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.

 

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