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PAGO DE IMPUESTO DE CAPITAL
¡Buenas tardes!
Luego de recibir un cordial saludo, me gustaría que me asistieran como podría pagar el 1% de capital la constitución de una EIRL; pues me dirijo a la página principal de Impuestos Internos, la opción calculadora, y luego Constitución de Compañías, coloco el capital autorizado y me dice el monto a pagar; pero cuando intento colocar la cédula del representante me dice: 'El contribuyente no fue encontrado. Favor verificar.'
Me parece extraño, pues en otras ocasiones he podido generar la autorización y el pago sin ningún contratiempo; ¿qué debo hacer en ese caso?.
Me quedo al pendiente de sus comentarios, gracias de antemano.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenos días, Helen. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, la constitución de empresas del Tipo EIRL no se encuentra sujeta al pago de impuestos de constitución de compañía conforme lo establece el Art. 10 de la ley 173-07.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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