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martes, 1 de octubre de 2024 22:51

Cerrado

Pago de Impuesto a los activos en contribuyentes RST

Saludos 

Una persona jurídica que se dedica al alquiler de inmuebles, tiene registrados 2 inmuebles a su nombre en DGII , y esta acogido al RST, debe pagar el impuesto a los activos?

Solución oficial

Buenos días, Rosa. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación tendrán los siguientes beneficios:

 
  1. No tienen que remitir los formatos informativos de envío de datos establecidos por la DGII para el Régimen Ordinario.
  2. No tienen que pagar anticipos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
  3. No tienen que pagar el Impuesto a los Activos, siempre que los mismos estén relacionados con su actividad económica.
  4. Pago del impuesto en cuotas, según la modalidad a la que pertenezca el Contribuyente.
  5. No tienen que remitir la Declaración Jurada de ITBIS (IT-1).

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Entonces esos inmuebles ustedes los consideran como relacionados a su actividad económica por dedicarse  la empresa al alquiler de inmuebles?

En este caso en especifico no tendría que pagar?

La duda viene porque hay que ver que ustedes consideran como inmuebles relacionados a su actividad económica, deberian poner algunos ejemplos.

Buenos días, Rosa. Gracias por contactarnos.

 

A fin de brindarle una asistencia especializada, envíenos su consulta directamente al correo electrónico: analistasrst@dgii.gov.do especificándonos su RNC/Cédula, un número de teléfono (por si es necesario contactarle), a fin de que podamos realizar las verificaciones de lugar y brindarle la asistencia requerida.

 

Importante: Una vez remita el correo, necesitamos que por favor nos indique desde cuál dirección electrónica envió lo solicitado, para fines de seguimiento. En caso de no recibir respuesta de su parte en un lapso de 24 horas, procederemos con el cierre de su caso.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

 

Listo! envié la consulta desde el correo: rosalizmanzanillo12@gmail.com

Gracias 

Me devolvio el correo , ver:

Buenos días, Rosa.

 

Por favor enviarlo al correo de RST@dgii.gov.do.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.