AV

jueves, 29 de agosto de 2024 21:19

Cerrado

PAGO DE IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA INMOBILIARIA CUANDO EL VENDEDOR SEA EL ESTADO DOMINICANO

La fecha para el pago del 3% para el impuesto a la transferencia inmobiliaria se toma en cuenta la fecha de la certificacion del Senado.

Cual es la base legal?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Aida. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para realizar la transferencia de un inmueble debe depositar en la Unidad de Tasación de las Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según sea el caso:

 

TRANSFERENCIA DE UN INMUEBLE COMPRADO AL ESTADO:

  1. Contrato del Estado sellado y firmado por un representante legal de la institución notarizado y dos (2) copias.
  2. Copia del título del inmueble o propiedad.
  3. Dos (2) copias de la Cédula de Identidad y Electoral del comprador o adquiriente, de ambos lados (aplica en caso de Personas Físicas).
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

Importante:
El valor que se toma como referencia para realizar el cálculo del Impuesto a la Transferencia Inmobiliaria por bienes vendidos por entidades del Estado es el establecido en el acto de venta.

Tiempo de respuesta:
3 días laborables.

Costo del servicio:

  • 3% del valor del inmueble o propiedad.
  • RD$20.00 por el recibo de la Ley 33-91.

Lugar y forma de pago:

Base Legal: Ley 173-07 Art. 7 párrafo II y III; Ley 195-19; 158-01;Ley 171-07; Ley 122-05; Ley 8-90.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.