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lunes, 9 de junio de 2025

Cerrado

PAGO DE IMP. POR AUMENTO DE CAPITAL

Buenas tardes, estoy capitalizando una sociedad mediante la emisión de nuevas cuotas a través de las utilidades retenidas, es mandatorio pagar el 1% por la variación del capital?

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Solución oficial

Buenas tardes, Yvey. Gracias por contactarnos.

 

En el caso de realizar un aumenta de capital, deberán realizar el pago del aumento del 1% por la variación.

 

En ese mismo orden, puede obtener la autorización de pago del Impuesto por Aumento de Capital de Compañías por cualquiera de las siguientes vías: https://acortar.link/YleRON.

 

Asimismo, las personas jurídicas lucrativas pueden solicitar la modificación o actualización de su Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), a través de las siguientes vías: https://acortar.link/cB6PTA.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.

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Gracias por la pronta respuesta, este pago debe hacer independientemente la manera de capitalización? es decir, no importa si fue por utilidades retenidas, o aportes en numerario o en naturaleza?

Buenas tardes, Yvey. Gracias por contactarnos.

 

Este proceso aplica para la variación de capital tanto por aporte en naturaleza como numerario. En los casos de aporte en naturaleza se debe colocar el capital indicado en asamblea.


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