Perfil de Martha Almonte

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lunes, 11 de mayo de 2026

Cerrado

PAGO DE HPNORARIOS A PERSONAS EXTRAGERAS

Buen dia

que tipo de retencion debo hacer a un extrangero con documento de identidad de pasaporte que brinda servicios  en calidad de  honorarios como masajista en un centro de salud?

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Solución oficial

Buenas tardes, Martha. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que si el extranjero no se encuentra domiciliado fiscalmente en República Dominicana, la retención deberá ser del 27% del monto a pagar, correspondiente a Impuesto Sobre la Renta. Este pago tendría que sustentarse en comprobante para pagos al exterior (B17 o E47).

 

En caso de que estar domiciliado fiscalmente en República Dominicana, deberá contar con una cédula de identidad y corresponderá que se le efectúe retención del 10% del monto a pagar, por concepto de Impuesto Sobre la Renta. Este pago tendría que sustentarse en el comprobante que emita la persona física registrada en DGII con su actividad económica, o en comprobante de compras (B11 o E41), en caso de que no se encuentre registrado con su actividad económica.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)

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@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​  en que casilla del IR17 Deberia contemplarseesa retencion?

Buenos días, Martha. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que la misma debe ser tratada con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, por ser el área encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Si desea consultar el directorio de nuestras administraciones locales, puede hacerlo a través del siguiente enlace de nuestra página web: Listado de administraciones locales

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.