sábado, 1 de abril de 2023

Cerrado

Pago de bonificación RST

Buenos días, distinguidos. 

Después de un cordial saludo, dejo la siguiente inquietud: 

Las empresas (personas físicas y jurídicas) acogidas al RST no están exentas del pago de bonificación a sus colaboradores, en ese sentido, quisiera saber en base a qué valor debe pagarse esa bonificación. Debido a que las declaraciones RS1 y RS2 no contemplan el valor de la bonificación y el beneficio neto después de impuestos. 

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Solución oficial

Buenos días, Claribel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta y considerando que conllevan una contabilidad organizada debe tomar calcular el porcentaje de las bonificaciones tomando como base los beneficios netos antes de determinar la Renta Neta Imponible (RNI) de conformidad con lo establecido en el Art 227 de la Ley 16-92 (Código de Trabajo).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.