Perfil de Mary Val

163 Mensajes

miércoles, 13 de julio de 2022

Cerrado

PAGO CAPACITACION Y LICENCIA

Buenas noches:

Una Fundación Educativa y Cultura recibe una factura del exterior (colombia) por Servicios de capacitacion a coaches y Licencias, ambos con conceptos en la misma factura, debemos retener el 27%, aunque seamos una entidad sin fines de lucro, y de ser afirmativo sería para ambos concepto el impuesto?

Saludos!!

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos dias, Mary. Gracias por contactarnos.

 

Sí, se debe aplicar retención del ISR en un 27%, conforme lo establece el Art. 305 del Código Tributario, cuando se efectúen pagos a proveedores en el exterior por concepto de:

•Servicios de arrendamiento
•Asistencia técnica
•Entrenamientos
•Capacitaciones
•Mantenimiento para el uso, operación y funcionamiento de programas informáticos y software.

 

En cuanto a la Licencias de software, no se debe aplicar retención del ISR, incluyendo sus actualizaciones y suscripciones, siempre que se trate del traspaso del derecho de propiedad por parte del desarrollador o propietario del software o de cualquier otro bien intangible.

 

Base Legal: Ley 11-92, Art. 305; Reglamento 293-11, Art.4, literales c y d; Circular 10-2021.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61214bNQte)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61217bNQt9

 

Es un placer servirle.