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lunes, 30 de octubre de 2023 15:34

Cerrado

pago aplicado a nombre de presidente de la empresa

Buenos días, después de un cordial saludo.

Nosotros como empresa realizamos el pago de aumento de capital a nombre del gerente de la empresa pero en realidad el aumento es a nombre de la empresa, el sistema no me lo reconoce ese recibo ya que dentro del RNC en la oficina virtual no existe ese pago bajo el rnc de la compañía , en dado caso que puedo hacer.

agradeciendo su acostumbrada colaboración!

Solución oficial

Buenas tardes, Maria. Gracias por contactarnos.

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, María. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que, en su caso deberá realizar la solicitud de aumento de capital de manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según sea el caso:

 

Aumento de capital por aporte en naturaleza:

 

1.    Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) completamente llenado, firmado y sellado junto al anexo C de aporte en naturaleza.

2.    Copia del certificado de título en caso de inmuebles y/o copia de la matrícula en caso de vehículos.

3.    Copia del acta de asamblea general y nómina de presencia que apruebe el aporte registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.

4.    Copia del certificado de Registro Mercantil modificado.

5.    Informe de aporte en naturaleza de un comisario designado registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.

6.    Copia del acta de modificación registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (aplica para EIRL).

7.    Copia del recibo de pago del 1% del capital social autorizado. 

8.    Copia de la resolución emitida por el órgano correspondiente, según sea el caso (Desarrollo Fronterizo, Turismo, Cadena Textil, Zonas Francas, Exportación, Zonas Francas Comerciales, DG-Cine, Energía Renovable, Proindustria) Aplica en caso de entidades acogidas a régimen especial de tributación.

9.    copia del Certificado de estatus jurídico del inmueble vigente (aplica en caso de que el bien a aportar sea un inmueble).

10. Copia del instrumento jurídico que demuestre la adquisición del bien por parte del aportante, debidamente registrado (copia del título original del terreno, acto de venta de cuando se adquirió el bien o determinación de herederos, etc.).

11. Copia de la Tasación del inmueble, emitida por un Tasador Autorizado.

Nota: La certificación de no objeción por aporte en naturaleza es emitida de manera automática cuando se solicita el aumento de capital bajo este concepto.
 
Aumento de capital por aporte numerario.

 

1.    Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado con los anexos correspondientes.

2.    Copia del certificado de Registro Mercantil modificado.

3.    Copia del acta de asamblea general y nómina de presencia donde se apruebe el aporte, registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.

4.    Copia del acta de modificación registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (aplica para EIRL).

5.    Copia del recibo de pago del 1% del capital social autorizado.

6.    Documentos soporte que confirmen la naturaleza del aumento, ya sea por capitalización de deuda, capitalización de beneficios, aporte en efectivo, entre otros. (Ej.: contrato de préstamo, informe de movimientos del patrimonio, depósitos bancarios etc.…).

7.    Copia de la resolución emitida por el órgano correspondiente, según sea el caso (Desarrollo Fronterizo, Turismo, Cadena Textil, Zonas Francas, Exportación, Zonas Francas Comerciales, DG-Cine, Energía Renovable, Proindustria) Aplica en caso de entidades acogidas a régimen especial de tributación.

 

Aumento de capital (aporte en naturaleza o numerario) de Consorcios

1.    Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado con los anexos correspondientes.

2.    Copia del recibo de pago del 1% del capital social autorizado.

3.    Contrato de consorcio con la modificación o con la Adenda que corresponda a dicho aumento (notariado, legalizado y registrado en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas.)


Notas: Estos requisitos aplican para las solicitudes de aumento de capital por capitalización de deuda y capitalización de beneficios. Ya en los requisitos se establece.

Los aumentos de capital (por aporte en numerario o en naturaleza) pagan el impuesto del 1% sobre el monto incrementado. Este pago debe efectuarse antes de realizar la solicitud y el número de recibo del pago realizado se debe especificar en el formulario RC-02.

En el caso de las EIRL y compañías extranjeras, el aumento de capital no conlleva el pago de impuestos ante la DGII.
Las sociedades o empresas pertenecientes al régimen especial de zonas francas deben presentar la autorización emitida por el Ministerio de Hacienda que los exime de realizar el pago por concepto de aumento de capital, de lo contrario se le dará el mismo tratamiento que a las demás sociedades.

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.