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Pago al exterior
Buenos días
Cuando una ISFL haga a un pago a un conferencista de Brasil, además de la emisión del comprobante E47, debemos hacer envío 609 e incluirlo en el 606?
Además de declarar la retención en el IR-17 como pago al exterior, existe algún otro requisito que debemos cumplir?
Agradezco su atención



Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
30.4K Mensajes
hace 1 mes
Buenos días, Maria. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA4049 ¿En cuáles formatos debo reportar los comprobantes para pagos al exterior?
Importante: Además de emitir el comprobante para pagos al exterior y efectuar estos reportes, deberá efectuar la retención del Impuesto Sobre la Renta correspondiente y pagarla mediante la declaración IR-17.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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Es un placer servirle.
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