martes, 3 de mayo de 2022

Cerrado

PAGO AL EXTERIOR

Que retención debo realizar a un pago realizo al exterior por servicios de Asesoría técnica

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Solución oficial

Buenas tardes, Stephanie. Gracias por contactarnos.

 

Se debe efectuar la retención del 27% por concepto de pagos al exterior. Esta retención solo aplica a los pagos por concepto de prestación de servicios.

 

Nota:
La retención que se debe aplicar a las remesas o pagos enviados a los países con que se tiene acuerdos especiales dependerá de la disposición del acuerdo y el tipo de renta que se trate. 

Los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).

 

Consideraciones Importantes:

Al registrar un NCF para pagos al exterior en el formato 606, el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta.

 

La retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

 

Base Legal:  Ley 11-92, Art. 305 (modificado por el Art. 5 de la Ley 253-12); Ley 11-92 Art. 297, Párrafo II (modificado por el Art. 11 de la Ley 253-12).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.

hace 4 años

debo retener el 27% de renta oh el 10% al NCF B17

hace 4 años

Me pueden ayudar con el correo del dpto de comprobante fiscales